Se denomina confirmación del Bautismo o Crisma cuando el bautizado reafirma su fe en Cristo, siendo ungido durante la ceremonia, recibiendo los siete dones del Espíritu Santo. La unción es hecha por el Obispo o padre autorizado, con aceite bendecido el Jueves Santo.
Es un sacramento instituido para dar oportunidad a una persona – que fue bautizada por decisión ajena y que tiene, por delante de la Iglesia, compromisos asumidos por otras personas en su nombre delante de la pila bautismal – de confirmar el deseo de ser miembro de la familia cristiana dentro de la Iglesia católica y de reafirmar aquellos compromisos, después de alcanzar la “edad de la razón”.
Simplemente, la ceremonia es la renovación de las “promesas bautismales”, preguntas por el obispo que preside, en general, hace en voz alta y responde de la misma manera en la Confirmación de la comunidad.
Como el bautismo, la confirmación también imprime carácter, pudiéndose administrar solamente una sola vez a cada persona.
Debido a que es un acto de afirmación de los compromisos, la persona puede jamás recibir el crisma o, yendo a participar de la ceremonia, dejar de confirmar estos compromisos.
De todos modos, el que no fue confirmado o que rehusó renovar los compromisos del bautismo, puede hacerlo en cualquier momento.
El crisma es, por lo tanto, un sacramento dependiente, complementario al bautismo, ya que no tiene importancia dada a los que no han sido bautizados.